NUEVA PLATAFORMA DECLARACION INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS (DIOT)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado, mediante el comunicado 06/2025, el lanzamiento de una nueva plataforma para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). A partir del 3 de febrero, tanto personas físicas como morales obligadas a presentar esta declaración, relacionada con las operaciones efectuadas con sus proveedores y […]

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado, mediante el comunicado 06/2025, el lanzamiento de una nueva plataforma para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). A partir del 3 de febrero, tanto personas físicas como morales obligadas a presentar esta declaración, relacionada con las operaciones efectuadas con sus proveedores y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), podrán utilizar esta plataforma. El llenado de la información en el nuevo portal puede realizarse de manera manual o mediante la carga de un archivo en formato .txt, ambas opciones disponibles actualmente.

Beneficios de la nueva plataforma:

  • Carga batch: Permite generar un archivo en formato .txt con información de las operaciones efectuadas con proveedores en relación al IVA.
  • Carga manual: Diseñada para contribuyentes que manejan un volumen pequeño de operaciones.
  • Posibilidad de enviar más de 40,000 registros sin necesidad de acudir a las instalaciones del SAT.
  • Obtención de acuse de recibo como constancia de presentación.

Se espera que, en los próximos días, los sistemas contables comerciales se actualicen para integrar la funcionalidad de «carga batch» y optimizar el envío de archivos para el cumplimiento oportuno.

Nueva sección: «Tipo de operación»

Dentro del portal, se ha añadido un nuevo concepto en el apartado «Tipo de operación», incorporando la opción “Importación por transferencia virtual”. Esta opción se refiere a operaciones en las cuales las empresas con programas IMMEX transfieren mercancías importadas temporalmente a otras empresas bajo el mismo programa, sin que las mercancías salgan del territorio nacional. Estas operaciones se consideran exportaciones virtuales y están reguladas por las Reglas Generales de Comercio Exterior.

Se recomienda a los contribuyentes familiarizarse con esta nueva opción y asegurarse de clasificar correctamente sus operaciones al presentar la DIOT. Es importante estar al tanto de cualquier pronunciamiento adicional de la autoridad, ya sea mediante preguntas frecuentes, guías o cualquier otro medio que aclare las operaciones a reflejar en este apartado.

Alcance de la plataforma

La nueva plataforma permite la presentación de declaraciones correspondientes al ejercicio en curso 2025, así como aquellas declaraciones informativas pendientes de ejercicios anteriores. Antes de 2025, era necesario descargar el programa DIOT_2019, subir un archivo .txt generado previamente en el sistema contable y, posteriormente, generar un archivo .dec para su envío dentro del portal del SAT.

El objetivo de esta actualización es brindar a los contribuyentes herramientas que faciliten el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Para obtener instrucciones sobre cómo generar el archivo de carga masiva, puedes consultar la siguiente liga:

Instrucciones para generar el archivo de carga masiva

 

Atentamente

 

C.P. Rosa Serrano

Gerente área de Impuestos de Kim Gomez Franco®

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