NIF A-2: Incertidumbre sobre el Negocio en Marcha – Nueva obligación para entidades bajo NIF mexicanas

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El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió la Norma de Información Financiera A-2 «Incertidumbre sobre el Negocio en Marcha», la cual será obligatoria a partir del 1 de enero de 2025 para todas las entidades que emitan estados financieros conforme a las NIF mexicanas, sin distinción de tamaño, sector o naturaleza jurídica.

Esta norma responde a la necesidad de establecer una metodología uniforme para evaluar si una entidad puede continuar operando en el futuro previsible, fortaleciendo la transparencia, comparabilidad y confiabilidad de la información financiera en contextos de riesgo operativo o financiero.

 Objetivo y alcance de la NIF A-2

El propósito central de esta norma es establecer criterios claros para:

  • Evaluar, por parte de la administración, la capacidad de la entidad para continuar como negocio en marcha.
  • Revelar oportunamente cualquier incertidumbre material relacionada.

La NIF A-2 formaliza un análisis que anteriormente se realizaba de forma implícita, incorporándolo de manera estructurada al proceso de preparación de los estados financieros.

 Principales disposiciones

a) Evaluación de continuidad operativa

  • La administración deberá evaluar al cierre de cada periodo si existen condiciones que generen duda significativa sobre la continuidad de la operación durante los 12 meses siguientes a la fecha del balance general.
  • La evaluación debe sustentarse en información razonable y verificable, tanto financiera como no financiera.

 

b) Identificación de indicadores de incertidumbre

Algunos indicadores que podrían evidenciar una posible interrupción operativa incluyen:

  • Pérdidas recurrentes, flujos de efectivo negativos, incumplimiento de obligaciones financieras o cancelación de líneas de crédito.
  • Litigios relevantes, conflictos laborales u otros eventos legales que comprometan la viabilidad.
  • Cambios desfavorables en el entorno económico, regulatorio o del sector.

 

c) Revelaciones obligatorias

En caso de que exista una incertidumbre material, la administración deberá incluir en las notas a los estados financieros:

  • Descripción del riesgo identificado.
  • Causas que lo originan.
  • Estrategias de mitigación o medidas implementadas.

 

En situaciones donde la administración concluya que la entidad no podrá continuar operando como negocio en marcha, los estados financieros deberán elaborarse bajo una base distinta, lo que implica impactos relevantes en la presentación y valuación de activos y pasivos.

 Vigencia y aplicación anticipada

La NIF A-2 entra en vigor para los ejercicios que inicien a partir del 1 de enero de 2025. No obstante, se permite su aplicación anticipada, siempre que se revelen los efectos correspondientes.

 Implicaciones clave

La emisión de esta norma refuerza el juicio profesional de los administradores y auditores, especialmente en escenarios de crisis económica, reestructuración operativa o financiera e incertidumbre global o sectorial.

Su correcta aplicación no solo mejora la credibilidad de los estados financieros, sino que también permite anticipar riesgos críticos y generar confianza entre inversionistas, acreedores y partes interesadas.

Conclusión

La NIF A-2 marca un avance significativo en materia de gobierno corporativo y rendición de cuentas. Establece un marco normativo robusto para evaluar y comunicar la viabilidad operativa de las organizaciones. Comprender si una entidad puede continuar como negocio en marcha es una información estratégica, no solo para el área contable, sino para la toma de decisiones empresariales en todos los niveles.

C.P.C. y M.I. Josué Camacho Reyes

Asociado del área de auditoría de Kim Gómez Franco®

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