Ingresos esporádicos. ¿Sabes cuál es la manera de realizar tus pagos provisionales?

Cuando una persona física recibe ingresos de manera ocasional por prestación de servicios profesionales, deberá efectuar un pago provisional de ISR, mismo que será acreditado en la declaración anual del ejercicio.

¿En qué momento se considera un ingreso por declarar?

Un ingreso debe declararse (acumularse para efectos fiscales) en el mes cuando efectivamente es percibido; es decir, al momento de recibirlo efectivo, bienes u otros servicios por la prestación de servicios profesionales.

¿Qué se considera un ingreso esporádico?

Se considera esporádico cuando el ingreso sea recibido ocasionalmente y solo por servicios profesionales y no se obtenga otros derivados de actividades empresariales y los provenientes del régimen de incorporación fiscal.

Pagos provisionales

Cuando el ingreso sea de manera esporádica, el contribuyente está obligado a cubrir como pagos provisional el 20% sobre el monto efectivamente percibido sin deducción alguna.

Lo anterior de acuerdo con el artículo 107 de LISR, que nos menciona lo siguiente:

Articulo 107 LISR

“[…] Cubrirán, como pago provisional a cuenta del impuesto anual, el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre los ingresos percibidos, sin deducción alguna. […]”

Por ejemplo, una persona física que prestó sus servicios durante el ejercicio obtuvo los siguientes ingresos:

Mes

Enero

Octubre

Ingreso

100,000

90,000

Tasa 20%

20%

20%

ISR por pagar

20,000

18,000

Articulo 107 LISRSiguiendo con el artículo 107 de LISR  nos menciona lo siguiente:

 “[…]El pago provisional se hará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso. Estos contribuyentes quedarán relevados de la obligación de llevar libros y registros, así como de presentar declaraciones provisionales distintas de las antes señaladas […]”

El cual nos indica que dentro de los 15 días percibidos el ingreso se  deberá realizar el pago provisional, de acuerdo con el ejemplo anterior, si el ingreso se cobró el 10 de Enero, el pago provisional se deberá realizar a como fecha límite el 25 de Enero.

Mes

Enero

Octubre

Fecha de lo percibido

10/01/2018

26/10/2018

Fecha límite para presentar Pago prov.

25/01/2018

10/11/2018

Cabe mencionar que los contribuyentes bajo este régimen no estarán obligados a llevar libros ni registros, así como presentar declaraciones provisionales distintas a las que se refiere el presente comunicado

Declaración anual

Para efectos de la declaración anual del ejercicio, el contribuyente que perciba ingresos esporádicos podrá deducir los gastos estrictamente relacionados con la prestación del servicio profesional, esto de acuerdo con el último párrafo del artículo 107 de la LISR.

Articulo 107

“[…] Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar declaración anual en los términos del artículo 152 de esta Ley y podrán deducir únicamente los gastos directamente relacionados con la prestación del servicio profesional.

Continuando con el ejemplo, la declaración anual tendrá la siguiente determinación:La tarifa aplicable para la determinación del ISR del ejercicio será la mencionada en el artículo 152 de la LISR.

Ingresos

190,000.00

Deducciones autorizadas

20,000.00

Base gravable

170,000.00

Límite inferior

144,119.24

Excedente

25,880.76

% sobre Excedente

21.36%

Excedente

5,528.13

Cuota Fija

15,262.49

Impuesto

20,790.62

Pagos Provisionales

(38,000.00)

ISR a favor

(17,209.38)

Por lo anterior, si se obtienen ingresos por servicios profesionales y estos son esporádicos se debe atender a lo comentado en el presente comunicado, que es la presentación del pago provisional y la determinación del ISR del ejercicio, si tiene dudas con la información anteriormente descrita, no dude en contactarnos, estamos listos para atenderle.

4 Responses

  1. Buen día
    Actualmente y haciendo referencia la pandemia, aun es necesario presentar la declaración en la oficinas autorizadas? o existe la forma presentar la declaración vía internet?

    Mil gracias.

    1. Que tal Elena, buen día.

      Muchas gracias por responder nuestro boletín. De acuerdo a tu pregunta y al tema explicado en el comunicado, estas declaraciones se presentan por internet, en la plataforma de declaraciones y pagos.

      Saludos…!!

  2. Buen día, mi duda es como presento el pago, entro para presentar mi pagos provisionales, lo pongo sin periodo y solo me aparece el IVA de actos accidentales, pero no me aparece el pago provisional para este tipo de ingresos.

  3. Qué tal Cecilia, buen día.

    Gracias por compartirnos tus comentarios, con respecto a tu duda, como se trata de “ingresos esporádicos” entendiéndose de que éstos sólo se perciben una vez en el ejercicio, es correcto presentar el IVA como un acto accidental y para el caso del ISR, se declara en la obligación de “ISR Personas Físicas. De los demás ingresos”, para poder declarar este último concepto, es importante desplegar la opción de “otras obligaciones” para que te aparezca la opción.

    Espero que se hayan resuelto tus dudas, muchas gracias nuevamente.

    Saludos..!

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CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

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ANDREA CISNEROS

RJS LAWFIRM

La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

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ALEX RODRÍGUEZ

FIRST CHOICE BANK

Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
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MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

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